Danone versus Nestlé

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(26/02/07). Si bien la publicidad comparativa es legal en Brasil, recientemente, una jueza dictaminó que un comercial de Nestlé deje de emitirse por considerarlo agraviante para Activia.
El Tribunal de Justiça de San Pablo, decidió por unanimidad, mantener la decisión preliminar favorable a Danone, dictada por la jueza Renata Sanchez Guidugli. Esto determinó la inmediata suspensión de la emisión del comercial de Nesvita, de Nestlé, que compara el producto con Activia, de Danone, y de lo contrario se le cobrará una multa diaria. Francisco Cascone, mediador, entendió que, más allá de que la publicidad comparativa sea permitida, existen límites a tal práctica, siendo uno de ellos la imposibilidad del uso de las marcas de un competidor en un contexto negativo. Y así concluyó que en este caso, Activia fue usada en un contexto negativo. Según Priscila Cruz, gerente de Asuntos jurídicos de Danone, “con la decisión del Tribunal de Justiça de San Pablo, el comercial debe dejar de emitirse hasta que se completa una segunda instancia".

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