La pulseada Isenbeck - Quilmes no se detiene
(16/07/04).Tras la multa de 10.000 pesos diarios que le impuso, el 7 de julio, el juez Hernán Marcó a Isenbeck, la cervecera alemana emitió un comunicado que explica que la multa se relaciona con un aviso de la anterior campaña que figuraba en su site y que le permite aducir a la Justicia que no cumplen con la medida cautelar que les impedía nombrar la marca Quilmes.
El miércoles 7 de julio el juez federal Hernán Marco dictó un fallo que impone a Isenbeck una multa diaria a favor de Quilmes de 10.000 pesos diarios desde el 18 de junio pasado por utilizar marcas de Quilmes durante la emisión de publicidad.
Pero con relación a este fallo y a la multa, Isenbeck emitió un comunicado asegurando que todas las piezas de comunicación sobre la promoción "Chapitas" fueron levantadas en el momento en que la compañía fue notificada de la medida cautelar.
El comunicado aclara también que el presunto incumplimiento que Quilmes denunció y que el juez Marcó sancionó corresponde a una pieza gráfica ajena a la campaña "Chapitas", exhibida en la página web de Isenbeck. La marca de cerveza alemana explica que la legalidad de esta pieza (chapita de Quilmes sobre la bandera de Brasil, año 2002), ya había sido establecida por los jueces Gabriel Cavallo y Horacio Vigliano, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, quienes sostuvieron que la mención de Quilmes no constituye delito y que, además, forma parte del "derecho a la libertad de expresión". Dicha multa no se encuentra firme, por lo que no resulta exigible su pago.
"La resolución judicial que impone la multa contiene gravísimos vicios de forma y fondo, que por la vía procesal adecuada, serán apelados por Isenbeck. Isenbeck creó y difundió la campaña "Chapitas" con la absoluta certeza de estar actuando conforme a derecho. Los comerciales recientemente prohibidos, la importancia de las garantías constitucionales violadas por las medidas cautelares y la resolución que impuso la multa en cuestión, hacen que, en ejercicio del derecho de defensa en juicio, Isenbeck esté dispuesta a agotar las instancias procesales contempladas en la Constitución Nacional y Tratados Internacionales", expresa el comunicado.
Asimsimo, Isenbeck manifiesta que se deben tener en cuenta que en otros casos similares, tramitados ante el mismo fuero Federal (ej: "Desafío Pepsi", "Servini de Cubría", "La última tentación de Cristo") en los que medidas prohibitivas afectaban el ejercicio de derechos fundamentales y en los que la censura contaba incluso con fallos de segunda instancia, finalmente fueron revocados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.